El control fiscal en Venezuela

 Autor: Maria Sequera.

¿Que es el control fiscal?


El control fiscal tiene como fin supervisar el manejo de fondos públicos por parte de entidades tanto gubernamentales como privadas que desempeñan funciones públicas, con el objetivo de prevenir y eliminar el uso indebido de estos recursos.

Base legal 
En Venezuela el control fiscal se encuentra regulado por la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal,  el Reglamento de Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, las Normas para el Funcionamiento Coordinado de los Sistemas de Control Externo e Interno y la  Constitución de la República de Venezuela.

Según fuentes de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) en el Artículo 290 indica: "La ley determinará lo relativo a la organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República y del sistema nacional de control fiscal".

Según fuentes de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2001) en su articulo 1 indica: "La presente Ley tiene por objeto regular las funciones de la Contraloría General de la República, el Sistema Nacional de Control Fiscal y la participación de los ciudadanos en el ejercicio de la función contraloria".

Según fuentes de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (1995) en su articulo 4 indica: "A los fines de esta Ley, se entiende por Sistema Nacional de Control Fiscal, el conjunto de órganos, estructuras, recursos y procesos que, integrados bajo la rectoría de la Contraloría General de la República, interactúan coordinadamente a fin de lograr la unidad de dirección de los sistemas y procedimientos de control que coadyuven al logro de los objetivos generales de los distintos entes y organismos sujetos a esta Ley, así como también al buen funcionamiento de la Administración Pública".

El Reglamento de Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2009) indica: 


Según fuentes Normas para el Funcionamiento Coordinado de los Sistemas de Control Externo e Interno (1997) en el articulo 1 indica: "Las presentes normas tienen por objeto regular el funcionamiento coordinado de las actividades de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos, así como de las operaciones relativas a los mismos, por parte de los órganos que integran los sistemas 3 de control externo e interno del sector público, a fin de evitar la dispersión de esfuerzos y lograr la mayor economía, eficacia, eficiencia y sujeción al ordenamiento jurídico, en el ejercicio de las funciones de control".

 Objetivos.

Objetivo principal:
  • Optimizar la capacidad del Estado para cumplir con sus funciones de gobierno de manera efectiva.
Metas específicas:
  • Alcanzar la transparencia y la eficiencia en la gestión de los recursos públicos.
  • Establecer un marco de responsabilidad claro para las entidades públicas y las personas físicas o jurídicas que incurran en irregularidades relacionadas con la administración, manejo o custodia de bienes o fondos públicos, tal como lo establece la Ley.

Principios.

  1. Autonomía financiera y presupuestaria para el control fiscal: Es fundamental que los organismos encargados del control fiscal cuenten con los recursos financieros y la independencia presupuestaria necesarios para desempeñar sus funciones de manera efectiva. Esto les permitirá realizar auditorías, investigaciones y análisis sin limitaciones, garantizando la transparencia y el buen uso de los fondos públicos.
  2. Imparcialidad política en la gestión de control fiscal: Es crucial que el control fiscal se ejerza de manera imparcial y libre de cualquier sesgo político. Esto significa que las decisiones y acciones de los organismos de control fiscal deben basarse únicamente en criterios técnicos y objetivos, sin verse influenciadas por intereses partidistas.
  3. Profesionalismo técnico en el ejercicio del control fiscal: El control fiscal debe ser llevado a cabo por profesionales altamente calificados y con experiencia en áreas como la auditoría, la contabilidad, las finanzas y el derecho administrativo. Estos profesionales deben contar con las herramientas y metodologías adecuadas para realizar un análisis riguroso y objetivo de la gestión pública.
  4. Oportunidad en el control fiscal y presentación de resultados: Las auditorías y controles fiscales deben realizarse de manera oportuna para detectar y prevenir irregularidades de manera temprana. Además, los resultados de estas acciones deben ser comunicados de manera clara y transparente a la ciudadanía, a fin de promover la rendición de cuentas y la confianza en las instituciones públicas.
  5. Eficiencia en el ejercicio del control fiscal: El control fiscal debe ser ejercido de manera eficiente, optimizando los recursos disponibles y evitando gastos innecesarios. Es importante que los costos asociados al control fiscal sean proporcionales a los beneficios esperados en términos de transparencia, buen uso de los fondos públicos y prevención de la corrupción.
  6. Agilidad en las actuaciones de control fiscal sin afectar la gestión pública: Las actuaciones de control fiscal deben ser realizadas de manera ágil y expedita, sin obstaculizar o entorpecer el funcionamiento regular de la Administración Pública. Es importante encontrar un equilibrio entre la necesidad de un control exhaustivo y la eficiencia en la gestión pública.
  7. Participación ciudadana en el control fiscal: La ciudadanía debe tener la oportunidad de participar activamente en el proceso de control fiscal. Esto puede hacerse a través de mecanismos como la presentación de denuncias, la solicitud de auditorías y la participación en audiencias públicas. La participación ciudadana fortalece la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública.

Procedimiento del control fiscal

Los métodos y procesos de control fiscal se ajustan a la naturaleza de los organismos que los implementan. Es lógico que haya diferencias notables entre la estructura y el funcionamiento complejo del Parlamento y la simplicidad de una unidad de control interno, lo que repercute en sus actividades. Como se verá al analizar los sistemas y procedimientos del control fiscal, los medios de control que utilizan los Parlamentos y las oficinas de control de una dependencia del Ejecutivo son distintos.

Según fuentes de la  Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (1995) en el art 35 indica "El Control Interno es un sistema que comprende el plan de organización, las políticas, normas, así como los métodos y procedimientos adoptados dentro de un ente u organismo sujeto a esta Ley, para salvaguardar sus recursos, verificar la exactitud y veracidad de su información financiera y administrativa, promover la eficiencia, economía y calidad en sus operaciones, estimular la observancia de las políticas prescritas y lograr el cumplimiento de su misión, objetivos y metas". 

A continuación dejamos un vídeo sobre el procedimiento del control fiscal externo:

Fines 

El control fiscal tiene como objetivo fundamental garantizar la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas en la gestión pública. Esto se logra a través de la vigilancia de la legalidad, la regularidad y la economicidad de la gestión de los recursos públicos, con el fin de prevenir y detectar irregularidades y promover el buen uso de estos recursos en beneficio de la ciudadanía.

Los fines específicos del control fiscal se pueden resumir en los siguientes:

  • Verificar la legalidad de la gestión pública: El control fiscal debe verificar que la gestión de los recursos públicos se realice de conformidad con las leyes, normas y reglamentos aplicables.
  • Garantizar la regularidad de la gestión pública: El control fiscal debe verificar que la gestión de los recursos públicos se realice de manera ordenada, sistemática y transparente.
  • Promover la eficiencia de la gestión pública: El control fiscal debe evaluar la eficiencia con que se utilizan los recursos públicos y formular recomendaciones para mejorarla.
  • Prevenir y detectar irregularidades: El control fiscal debe identificar y prevenir la comisión de irregularidades en el manejo de los recursos públicos.
Según fuentes de la  Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (1995) en el Artículo 23. El Sistema Nacional de Control Fiscal tiene como objetivo fortalecer la capacidad del Estado para ejecutar eficazmente su función de gobierno, lograr la transparencia y la eficiencia en el manejo de los recursos del sector público y establecer la responsabilidad por la comisión de irregularidades relacionadas con la gestión de las entidades aludidas en el artículo 9, numerales 1 al 11, de esta Ley

Para concluir, el control fiscal es un conjunto de mecanismos y procedimientos implementados por las entidades gubernamentales para supervisar, fiscalizar y auditar la gestión de los recursos públicos. Esto incluye verificar el cumplimiento de las leyes, normas y regulaciones aplicables a la recaudación, administración y uso de los fondos.

Se fundamenta en un marco legal que establece las atribuciones, competencias y responsabilidades de los órganos encargados de esta función. Esto incluye leyes, reglamentos, resoluciones y demás normativa que regula el control y la rendición de cuentas en el manejo de los recursos públicos.

Los procedimientos de control fiscal abarcan diversas actividades como auditorías, inspecciones, evaluaciones, revisiones, monitoreo y seguimiento de las operaciones gubernamentales. Esto permite identificar desviaciones, irregularidades y oportunidades de mejora en la gestión de los recursos públicos.

A continuación dejamos la siguiente pregunta:

¿En qué medida la implementación de un sistema de control fiscal electrónico podría contribuir a la transparencia, eficiencia y rendición de cuentas en la gestión de los recursos públicos en Venezuela?

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